lunes, 11 de junio de 2012

El argumento de Trasímaco


Justicia es una palabra de la cual decimos muchas cosas pero sobre la que realmente no nos preocupa sino cuando nos toca vérnosla con ella. Pueden verse dos nociones básicas de la misma con un único núcleo. Cuando frente a un hecho que consideramos injusto decimos “no hay justicia” nos referimos a ese contenido casi poético y bastante platónico de un orden universal acorde a lo justo y bueno. Cuando decimos “se ha reformado la justicia”, nos referimos a esa parte de la Constitución que nos da algunas garantías para vivir dentro de un Estado libre y democrático. Pero el sentido hacia el que apunta la reforma en trámite trata de hacernos cambiar la forma de contemplar ese núcleo. Aunque difícilmente podamos llegar a concurrir en la afirmación “la masacre auspiciada por el senador tal, o que favoreció al gobernador tal, no es un hecho injusto”, seguramente veremos cómo escapan de las autoridades este tipo de “personas destinadas a delinquir”. Y es que la preocupación de los congresistas por la segunda instancia es tal que supera cualquier creencia ingenua en el alto valor de la misma, por el contrario, con tal preocupación afirman su decisión de seguir delinquiendo.  

Cuando Sócrates y sus amigos discutían respecto de la idea de lo justo, mientras Céfalo sugería algún tipo de reciprocidad y Simnónides alguna variación de la ley del talión, Trasímaco argumenta que “lo justo es lo que conviene al más fuerte”

“En todos los Estados es justo lo mismo: lo que conviene al gobierno establecido, que es sin duda el que tiene la fuerza, de modo tal que, para quien razone correctamente, es justo lo mismo en todos lados, lo que conviene al más fuerte.” (República, 339d)

Aunque Sócrates le señala el error a Trasímaco al mostrarle cómo los gobernantes pueden equivocarse y ordenar a los ciudadanos lo contrario a su conveniencia (339d), el hecho señalado posteriormente por Trasímaco debilita la posición de Sócrates

La justicia y lo justo es un bien en realidad ajeno al que lo practica, ya que es lo conveniente para el más fuerte que gobierna, pero un perjuicio propio del que obedece y sirve; y que la injusticia es lo contrario y gobierna a los verdaderamente ingenuos y justos, y que los gobernados hacen lo que conviene a aquel que es más fuerte,  y al servirle hacen feliz a éste, mas de ningún modo a sí mismos. (343c).

En este sentido de Trasímaco la noción de justicia se acerca a la defendida por Rawls, según la cual la justicia es un predicado de las instituciones sociales. Según Trasímaco cuando hablamos de la justicia hablamos en el sentido de eso que se puede reformar y no de aquella idea que se mantiene en el trasfondo social, por decirlo en términos de Rawls.

Ahora bien es preciso recordar que en Colombia el argumento de la justicia tiene que contar con dos axiomas de gran importancia y mucha fuerza, el hecho de estar en guerra y el de contar con la fuerza corruptora del narcotráfico. Estas dos interferencias alteran cualquier noción que pretenda aplicarse a las instituciones más importantes de nuestra sociedad. No tenemos juicios ni tampoco tenemos leyes sin estas interferencias. A tal punto que podría señalarse que no hay justicia de trasfondo, sino injusticia. Además sabemos que nuestro Estado no es “el más fuerte” y que por ello, si validamos la noción de Trasímaco, con la reforma a la justicia se protege “al más fuerte” que dirige a los personajes y que está oculto tras el telón que forma la institucionalidad colombiana. La reforma no repara ni atiende a la injusticia de trasfondo que era su leitmotiv, y por el contrario revela quien es el más fuerte, al que le conviene la “nueva” justicia.
 
Astrea primera diosa de la justicia, abandona la tierra, cuando ésta se envilece





domingo, 3 de junio de 2012

La paz y el concepto de "estipulación"


Pienso que la paz no se puede negociar, y esto por dos razones. La primera es que la paz no es un bien en el sentido económico del término. Si así fuera, veríamos a los especuladores negociando futuros de paz en la bolsa de valores y especulando con los precios y utilidades de las mismas. De la paz se puede hablar, se puede establecer, se puede pensar. Pero me parece que no es simplemente el acuerdo de unas voluntades que encuentran ventajas en no agredirse. La paz es un predicado de un tipo de equilibrio social, no el cese de un conflicto armado. La segunda razón proviene de lo anterior, puesto que si la paz se pudiera acordar y fuera realmente ventajosa para todos los que participan de tal acuerdo, ya se habría logrado.  

Si bien lo anterior, Colombia necesita el cese del conflicto armado. También es cierto que no se alcanzará la paz hasta mucho después de que se depongan las armas. Inclusive puede pensarse en que la paz es apenas una idea reguladora, un estado ideal de conciencia como sugieren algunos, de modo que tampoco sería una esperanza verdadera. Así como no se puede decretar la paz tampoco se puede firmar la paz. La justicia transicional nos ha enseñado que para que los conflictos lleguen a su fin con la firma de algún tratado, ambas deben ceder en sus aspiraciones. Las aspiraciones de la insurgencia colombiana, si nos remitimos a su discurso y no a sus acciones tienen que ver con el asunto espinoso de la justicia social, es decir, en pocas palabras aspiran a una mayor igualdad entre los colombianos. Las aspiraciones del Estado colombiano, si nos limitamos nuevamente a su discurso fundacional y no a sus acciones, es decir, a los términos de la Constitución del 91, puede resumirse en el respeto a las instituciones democráticas, incluido por supuesto el derecho a la vida.

Ahora bien, he señalado aquí algo que Rawls llama la estipulación. Esa distancia que se establece entre los principios de justicia que aceptan los participantes de determinada institución y la restricción que se hace de los mismos para poder integrar una organización más pequeña que la sociedad, como la familia.  La estipulación, como mecanismo, nos permite introducir argumentos propios de la cultura de trasfondo en la cultura política. Nuestra cultura política, aunque viciada por el clientelismo, el fraude, la coerción, la falta de partidos fuertes ideológicamente, la abstención, la compra de votos y otras formas de corrupción, tiene como propósito el fin del conflicto armado. Sin algún tipo de estipulación, como supone el uribismo radical que debe darse el fin del conflicto armado colombiano tendríamos a una insurgencia entregando las armas y afrontando procesos judiciales por infinidad de delitos, abarrotando aún más las ya hacinadas instituciones carcelarias colombianas, e introduciendo en la ya congestionada y lenta justicia colombiana una infinidad de procesos.

Esta gran estipulación ha de permitir una justicia transicional para que la sociedad disuelva en la ciudadanía a la actual insurgencia, lo que a su vez ha de transformar a la ciudadanía. Por su parte, la insurgencia también ha de participar en la estipulación y tendrá que integrar en su concepción más básica la idea de que es posible sin apelar a las armas conseguir una mayor igualdad en esta sociedad.

Puede que tal estipulación tenga consecuencias a nivel de justicia internacional por lo que se ha avanzado en esta materia con posterioridad a la segunda guerra mundial y a la entrada en vigencia de los tratados de derecho. Pero también puede que sea preferible el fin de una guerra y el perdón de unos crímenes a su perpetuación en el tiempo.         
               

La democracia vs los derechos

“ Pequeña fábula: érase una vez una comunidad de ovejas que hicieron una votación para definir si les convenía o no la decisión de los lob...